PENSIONES
Esto es lo que ha hecho el Gobierno con los planes de
pensiones
EDUARDO BAYONA
Desvincula definitivamente de la
jubilación este producto de ahorro,especialmente favorable para ahorradores con
rentas altas por su margen de maniobra tributario, y lo equipara con los fondos
de inversión y los plazos fijos, pero manteniendo las ventajas fiscales.
Los planes de pensiones han dejado definitivamente de
estar vinculados a la jubilación de su titular y han pasado a convertirse en un
producto de ahorro a caballo entre los fondos de inversión y los plazos fijos,
según las nuevas normas que establece el decreto aprobado este viernes
por el Consejo de Ministros, el cual, al mismo tiempo, mantiene las
ventajas fiscales para sus propietarios.
Las dos principales medidas incluidas en el decreto son una rebaja de las
comisiones que los bancos cobran a sus clientes por gestionarlas y la
posibilidad, a partir de 2025, de retirar de ellos las aportaciones efectuadas
hasta diez años antes tanto en los planes personales como en los de empresa.
Eso supone que dentro de ocho años quedarán liberados los 161.860 millones
de euros que, según los datos del Banco de España (pdf), había
depositados al cierre de 2014, mientras que los 7.455 ingresados desde esa
fecha (hasta septiembre de 2017) lo harán conforme se vaya cumpliendo una
década desde su imposición.
La medida tiene varios beneficiarios: los bancos, ya que se convierten en
un producto financiero más atractivo (con la marca “pensiones”) y por lo tanto
susceptible de ayudarles a captar más liquidez; los ahorradores, que ganan
poder de decisión y margen de maniobra, y el propio Estado, que abre una
eventual vía de aumento de la recaudación tributaria a medio plazo al tiempo
que estimula su plan b ante el desmantelamiento del sistema público de
pensiones.
¿Qué es un plan de pensiones?
Son planes de ahorro a los que sus titulares realizan aportaciones
regulares (mensuales, normalmente) o puntuales (a finales de año, en función de
los ingresos) pero de los que no pueden disponer hasta la fecha de la
jubilación, aunque hay cuatro excepciones: invalidez, enfermedad grave,
dependencia, desempleo prolongado y, en el caso de los autónomos, cese de
actividad. En estos dos últimos casos, vigentes desde 2004, es necesario haber
agotado el subsidio y estar inscrito como demandante de empleo. Su rentabilidad
depende de si el titular opta por renta fija (incremento anual sostenido,
normalmente bajo), variable (el rendimiento depende de la fluctuación de
determinados valores bursátiles) o mixta (combinación de las anteriores).
¿Cómo se rescatan?
El titular puede optar por dos sistemas: en el de capitalización recibe
todo el dinero en una vez y en el de rentas, en pagos mensuales. Algunas
entidades financieras ofrecen una fórmula mixta. A partir de 2025, esos modelos
serán aplicables a los fondos aportados hasta diez años antes aunque el titular
no se haya jubilado
¿Cómo tributan las aportaciones?
No tributan. Y además, desgravan. Esa es una de las claves de este
producto. Las aportaciones realizadas en un año, que no pueden superar los
8.000 euros o el 30% de los ingresos salariales o por actividades profesionales
(hay una regulación específica para minusválidos) se descuentan de la base
imponible del IRPF. Eso da un amplio margen de juego tributario, más cuanto más
elevados son esos ingresos: situar las rentas del trabajo por debajo de 60.000
euros mediante una aportación al plan de pensiones permite no tributar por esa
cantidad y reducir un 8% el impuesto (del 55% al 47%) para la cifra resultante,
bajar de 35.200 ahorra un 7% y caer a 20.200 rebaja seis puntos.
¿Y cuánto se paga al rescatarlos?
La recuperación del fondo de inversión tributa como las rentas del trabajo
en el IRPF, a las que se suma. No afecta a las del ahorro. En este sentido,
resulta menos gravoso recuperarlo en rentas mensuales e irlo sumando durante
varios años a la pensión, que siempre es menor que el salario o los ingresos
profesionales, para reducir la factura tributaria. También es recomendable no
rescatarlos como capital el mismo año de la jubilación si esta se produce
entrado el año, ya que se añade al salario cobrado hasta esa fecha más las
prorratas de las pagas extraordinarias pendientes, y eso dispara las rentas del
trabajo.
¿Hay recetas para tributar todavía menos?
Las principales son dos, en la práctica solo utilizables por personas de
situación económica holgada. Una consiste en prorrogar la vida laboral como
autónomo tras la jubilación, aprovechando la tarifa plana, e ir tirando de la
renta mensual del fondo, aunque eso afecta a la baja a la pensión pública
posterior ya que se reduce la cotización en los últimos años de la vida
laboral. En la otra, solo apta para ahorradores con la vida resuelta, se trata
de no rescatarlo y dejarlo como legado. Los planes de pensiones computan como
masa hereditaria, por lo que pasan a los herederos. Si esa herencia, con el
fondo incluido, no supera los mínimos exentos en el Impuesto de Donaciones
(150.000 euros en Aragón, un millón en Andalucía), no tributa nada. En
comunidades como Madrid, que bonifica el 99% de la cuota, el tributo es mínimo.
¿Qué diferencias hay entre el sistema
actual y el nuevo?
A efectos fiscales, ninguna. Las modificaciones se refieren
a las comisiones que los bancos cobran por gestionarlas (la
máxima en renta fija baja el 0,85% y la de mixta al 1,3%, mientras la variable
se mantiene en el 1,5%) y por mantener los depósitos (cae del 0,25% al 0,20%),
además de anticipar la posibilidad de rescatarlo. Esas modificaciones acercan
el perfil de este producto financiero al de los planes de jubilación,
rescatables antes del retiro, y al de los fondos de inversión y los plazos
fijos, ya que pasan a ser rescatables en un periodo determinado de tiempo.
¿Por qué incentiva el Gobierno estos
productos financieros?
Según el presidente del Gobierno, “ahora que las cosas empiezan a ir bien,
es el momento de volver a ser previsores” y de incentivar el ahorro a largo plazo”.
Aunque a nadie se le escapa que detrás de esta pequeña mejora de las
condiciones de estos productos hay dos objetivos: preparar el ‘plan b’ ante el
declive del sistema público de protección social y mejorar las condiciones de
captación de liquidez a una banca que se enfrenta al inminente aumento del
precio del dinero que le presta el Banco Central Europeo. "Este gobierno
garantiza que el sistema público seguirá en pie, lo que hace nuestro plan es
abaratar las comisiones y dar liquidez", señaló el portavoz del ejecutivo,
Íñigo Méndez de Vigo, que desvinculó las pensiones públicas de las privadas y
obvió que la pasada legislatura suprimieron la exención del IRPF para el 40%
del rendimiento de los fondos.
¿Merece la pena contratar un plan de
pensiones privado?
Depende de la situación económica de cada familia, aunque más parece un
instrumento para modular la factura tributaria que un medio para asegurarse una
vejez cómoda. Apenas un tercio de la población activa española tiene uno (ocho
millones, cuando hay 18,9 de trabajadores y 3,7
de desempleados y los 169.315 millones depositados en ellos dan
una media de 21.164, más de 5.000 euros por debajo de la renta media anual por
hogar y 7.000 por debajo del gasto medio.
¿A qué edad y con qué cuantía contratarlo?
La edad para contratarlo y la cuantía de las aportaciones dependerán de los
cálculos de cada uno, de su nivel económico y de la oferta de productos
financieros a la que pueda acceder. Según la asociación de consumidores Adicae,
los planes de pensiones tiene una “pobre rentabilidad” que supone “uno de los
mayores problemas”, para cuya solución “no se dan incentivos”. Entre diciembre
de 1999 y el mismo mes de 2014, “la rentabilidad media de los fondos de
pensiones fue del 1,2%”, mientras la derivada de la cotización de las empresas
del Ibex 35 alcanzaba el 3,28% y los bonos del Estado al 5%, el 5,83%.
No hay comentarios:
Publicar un comentario