domingo, 5 de noviembre de 2017

EL ORDENAMIENTO LEGAL

por Carlos A. Trevisi (2006)
 
Recientemente en Dinamarca un periódico publicó una caricatura de Mahoma con una bomba en la cabeza. Gran escándalo en el mundo islámico (y en Dinamarca; tanto que el director de publicaciones del diario fue despedido).

Con tal motivo, el tema a debate en España es la libertad de expresión.

En varias ocasiones hemos hablado de la libertad. Decíamos entonces que “El ordenamiento legal establece que la libertad de cada uno termina donde comienza la de los demás. En ese sentido, la ley es el marco regulador de las relaciones entre los ciudadanos; marca los límites; es seguridad, razón, taxonomía, cantidad”.Esta interpretación de la libertad autoriza varias lecturas. Pero hay una que es clave: su limitación. La ley, como marco regulador de las relaciones entre los ciudadanos, tiene que velar por los derechos que nos asisten a todos. Sería deseable, pese a todo, que tal acotamiento no sólo se debiera a la ley sino a la discreción de los que manejan los medios.

La libertad, fuera del ordenamiento legal, trasciende lo meramente relacional para dispensar el encuentro, el acto desalienante por excelencia, "el instante de suprema lucidez que somos capaces de alcanzar los hombres" (José Isaacson). La auténtica libertad consiste, así, en la creatividad espontánea con que una persona o comunidad realiza su verdad, es fruto de una fidelidad sincera del hombre a su propia verdad”.

Si la libertad se utiliza para dispensar el encuentro, cabe decir que en las actuales circunstancias de la relación que mantiene Europa con el islamismo, acaso no haya sido conveniente publicar la caricatura de Mahoma y hasta pueda calificarse de “imprudencia” haberlo hecho.

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